Hoy, 26 de marzo, se ha publicado en el BOCM la Orden de 12 de marzo de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión de ayudas destinadas a proyectos de inversión para la modernización, digitalización e innovación tecnológica de las pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales de los sectores comercial, de servicios y artesano de la Comunidad de Madrid para el período 2024-2026.
Las principales características de estas ayudas, que contarán con una dotación presupuestaria de 3.500.000 euros anuales, son las siguientes:
BENEFICIARIOS: Las ayudas van dirigidas a los sectores comercial, de servicios y artesano de la Comunidad de Madrid y, en concreto, a las Pymes y empresarios individuales que desarrollen la actividad de comercio minorista, de servicios o artesana, en un establecimiento físico abierto al público en la Comunidad de Madrid y, en su caso, en un taller artesano que esté ubicado en la Comunidad de Madrid.
También podrán acceder a estas ayudas las comunidades de bienes.
ACCIONES SUBVENCIONABLES: Se considerarán gastos subvencionables las siguientes inversiones:
a) Obras de ampliación, transformación o nueva apertura de establecimientos comerciales, de servicios y/o talleres artesanos, donde de forma independiente se desarrolle la actividad comercial, de servicios o artesana, incluyendo la implantación de medidas de ahorro energético de utilización de energías renovables, introducción de elementos tecnológicos de seguridad y/o eliminación de barreras arquitectónicas.
b) Adquisición e instalación de equipamiento, maquinaria y mobiliario necesario para el desarrollo de la actividad comercial, de servicios y/o artesana, así como los dispositivos de producción de frío mecánico en los vehículos frigoríficos isotérmicos destinados al transporte seguro de mercancías de alimentos perecederos, con exclusión del vehículo.
c) Adquisición e instalación de equipos informáticos o tecnológicos y software necesarios para el desarrollo de la actividad comercial, de servicios y artesana, la gestión empresarial y la implantación y/o actualización de los sistemas y/o soportes dirigidos a la mejora del comercio electrónico y de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs) en los procesos de negocio comerciales.
CUANTÍA DE LA AYUDA: La ayuda ascenderá al 50% del importe de las inversiones, impuestos excluidos, con un máximo de 10.000 euros por beneficiario.
El proyecto debe alcanzar un importe mínimo de 500 euros, impuestos excluidos, en el caso del sector artesano, y de 5.000 euros, impuestos excluidos, en el caso de los sectores comercial y de servicios.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva.