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REAL DECRETO – LEY 5/2023. PRÓRROGA Y APROBACIÓN DE NUEVAS MEDIDAS DE RESPUESTA A LAS CONSECUENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES DE LA GUERRA EN UCRANIA

El pasado día 29 de junio, se publicó el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea.

 

Este Real Decreto-ley se estructura en cinco libros, con 226 artículos y 25 disposiciones (adicionales, transitorias, finales y una derogatoria). Las principales medidas de carácter económico, fiscal, energético, de vivienda y de transportes, a destacar de esta norma, son las siguientes:

  •  Se mantienen las rebajas de IVA del 4% al 0% en los productos de primera necesidad (pan, huevos, frutas y verduras) y del 10% al 5% en otros productos básicos, como la pasta y los aceites. Estas rebajas tributarias permanecerán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023, siempre que la tasa interanual de la inflación subyacente esté por encima del 5,5%.

 

  • Se establece una deducción del 15% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para la compra de un vehículo eléctrico nuevo. Esta deducción se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2024 y la base máxima de la deducción es 20.000 euros. También se establece una deducción del 15% del IRPF para la instalación del punto de recarga de la batería de un vehículo eléctrico en un inmueble propiedad del contribuyente.

 

  • Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 la bonificación a los combustibles para el sector del transporte profesional por carretera. La medida se articula en dos fases: la primera contempla la prórroga del descuento de 10 céntimos por litro de combustible consumido hasta el 30 de septiembre de 2023, y la segunda una bonificación de 5 céntimos de euros entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2023. Para las flotas movidas por gas se prevé una compensación de 13 céntimos hasta septiembre y de 7 céntimos de euros durante el último trimestre del año.

 

  • Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2023 la exención del 80% de los peajes eléctricos para las empresas electrointensivas. Además, se ha establecido una disposición que permite transferir el superávit del sistema eléctrico de 2022 al año 2023.

 

  • Para los proyectos de energía renovables que hayan obtenido una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) condicionada a realizar modificaciones sustanciales, como el enterramiento de líneas eléctricas o cambios en la ubicación de las instalaciones, se extiende el plazo por seis meses para que estos proyectos obtengan la autorización de construcción. En todo caso, los proyectos deberán completarse antes de cumplir cinco años desde el inicio del proceso, con el fin de cumplir con los compromisos ambientales de España.

 

  • Se modifican los parámetros retributivos de las instalaciones de cogeneración, biomasa y residuos (RECORE) en España. Esta medida responde a la propuesta de la CNMC de adaptar la metodología de cálculo de los parámetros retributivos para tener en cuenta la volatilidad de los precios energéticos debido al conflicto en Ucrania y las medidas adoptadas para hacer frente a esta situación, como la excepción ibérica. Esta medida incrementará en 180 millones de euros los ingresos regulados de las instalaciones renovables en 2023, a lo que se añaden otros 20 millones de euros para las plantas de cogeneración a computar en el primer semestre de 2023.

 

  • Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 el precio máximo de venta de la bombona de butano de 19,55 euros que se estableció en junio del año pasado. Este precio máximo de venta se revisa bimestralmente y en la actualidad, debido a la relajación de las cotizaciones internacionales, se sitúa en 15,96 euros.

 

  • Se adoptan medias para facilitar la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos de gran potencia, tales como la declaración de utilidad pública de todas las estaciones de recarga que tengan una potencia superior a 3 MW, eximiendo de la necesidad de obtener autorización administrativa a las instalaciones por debajo de dicha potencia.

 

  • Se mantienen las ayudas extraordinarias y temporales para la compra de gasóleo agrario y pesquero hasta el mes de diciembre.

 

  • Se aprueba una línea de avales del ICO del 20% dirigida a jóvenes y a familias con menores a su cargo, para la cobertura parcial por parte del Estado de los préstamos hipotecarios para la adquisición de una primera vivienda dentro del territorio nacional.

 

  • Se prorroga la rebaja de al menos el 50% del precio de los abonos y títulos multiviajes del transporte público colectivo urbano e interurbano e interurbano durante el segundo semestre de 2023.

 

Finalmente, y por si fuera de su interés, señalar que este Real Decreto-ley introduce en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) nuevos criterios medioambientales y de gestión del transporte y el tráfico para el otorgamiento y explotación de las licencias VTC, afectando únicamente a las autorizaciones de VTC estatales que habilitan para la realización del transporte interurbano, ya que corresponde las Comunidades Autónomas y entidades locales regular las autorizaciones para la realización del transporte urbano. Además, se declara el transporte de viajeros en taxi como servicio de interés público, sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas para establecer otra regulación.

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