FPA PITTI UOMO FLORENCIA DEL 7 AL 10 DE ENERO 2020
CONVOCATORIA PARTICIPACION AGRUPADA
Organizamos la participación agrupada de las empresas españolas en Pitti Uomo (7-10 enero) que se celebrará en Florencia.
El importe máximo de esta ayuda es de 25.000 euros. Dado que se trata de una actividad correspondiente al año 2020, el apoyo ICEX queda condicionado a la aprobación definitiva del Plan Sectorial 2020 con Moda España.
ICEX establece un mínimo de 6 empresas para poder apoyar una actividad agrupada.
En función del número de empresas participantes y del presupuesto global presentado, se establecerán los m2 máximos aceptados.
Los porcentajes y conceptos de apoyo serán los siguientes, dependiendo de la temporalidad de cada empresa:
- Hasta un 25% de ayuda en el alquiler del espacio, marketing fee, decoración, cuota inscripción, seguro stand para las empresas que hayan participado entre 2 y 5 años con apoyo ICEX en esta feria.
- Las empresas que participen por primera vez en año 2020 recibirán un apoyo de 5 puntos adicionales sobre el porcentaje general de apoyo a esta feria, es decir hasta un 30%.
Las empresas que hayan participado en esta actividad con ayuda ICEX 5 años no recibirán ayuda ICEX
La asociación realitzarà una selección de empreses de acuerdo con los siguientes criterios. Máximo 10 puntos:
1) La adecuación sectorial 5puntos
2) Idoneidad del producto 3puntos
3) Experiencia comercial de la empresa. Mayor experiencia menor puntuación 2puntos
Todas las empresas participantes deberán estar al corriente de pagos a la Seguridad social y a la Hacienda Pública y no haber sido sancionados con la pérdida del derecho a la percepción de subvenciones o ayudas públicas.
En concepto de gestión de la ayuda ICEX, FEDECON-ModaEspaña facturará un 15% de la ayuda ICEX recibida a cada empresa participante una vez liquidada la ayuda recibida del ICEX.
Estas ayudas, les serán abonadas una vez FEDECON haya recibido por parte de ICEX las correspondientes ayudas y se hayan cumplido todos los trámites de justificación. Estos gastos de gestión de la ayuda se cobrarán a todas las empresas miembros o no de la asociación.
LEGISLACIÓN APLICABLE
Las ayudas previstas en el marco de este actividad se concederán conforme a lo previsto en el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. La ayuda total de minimis concedida a una única empresa no podrá superar los 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales, habida cuenta de las otras ayudas también percibidas durante este mismo período, de conformidad con lo previsto en el artículo 3, apartado 2, del Reglamento mencionado.
De igual forma, le es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio de desarrollo, en todo lo relativo a las ayudas dinerarias sin contraprestación económica al igual que la normativa interna de ayudas de ICEX aprobada por el Consejo de Administración de 12 de diciembre de 2012.
FONDOS FEDER
Esta actividad es susceptible de ser cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
La aceptación de la ayuda ICEX por parte de las empresas participantes, supone su aceptación a ser incluidas en la lista de operaciones publicada de conformidad con art. 115 apartado 2) del Reglamento (UE) 1303/2013.
Esta aceptación también supone su permiso a que ICEX publique en su página web la conformidad de la empresa con el siguiente texto:
“Soy conocedor de que esta actuación está cofinanciada con fondos europeos y me comprometo a indicarlo así siempre que deba hacer referencia a la misma, frente a terceros o a la propia ciudadanía. Por la importancia que considero tienen este tipo de ayudas para nuestra empresa, es por ello que valoro muy positivamente la contribución del FEDER, principal fondo de la política de cohesión europea, por lo que supone de impulso a nuestro trabajo y en consecuencia al crecimiento económico y la creación de empleo de la región en la que me ubico y de España en su conjunto”.
Así mismo, si esa empresa resulta beneficiaria de una ayuda cofinanciada por fondos FEDER, y en lo que respecta a la disponibilidad y conservación de los documentos justificativos, deberán tener en cuenta lo contenido en el artículo 140 del Reglamento (UE) 1303/2013 así como el artículo 125-4.b) del citado Reglamento para lo relativo a la contabilización de operaciones.
Toda la información relativa a las responsabilidades y obligaciones de las empresas beneficiarias en materia de Información y Comunicación, se encuentra disponible en la web de ICEX www.icex.es/fondosfeder
CLÁUSULA DE PROTECCION DE DATOS PARA LAS CONVOCATORIAS
Sus datos podrán ser cedidos a ICEX así como a terceras empresas directamente relacionadas con la coordinación de la participación española en la feria (proveedor de promoción, transportista, decorador y organizador ferial en su caso), así como a empresas para la gestión de desplazamiento y alojamiento de los participantes. Dichas empresas pueden estar ubicadas en países que no ofrecen un nivel de protección de datos equiparable al de la Unión Europea
Importante
IMPORTANTE– Autorización a la AEAT/Aduanas:
El ICEX valorará muy positivamente que las empresas que participen en los programas sectoriales autoricen al Departamento de Aduanas e II.EE de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (siempre que no lo hubiera hecho previamente), a que remita a ICEX información sobre su comercio exterior.
La autorización señalada se ha de cursar una sola vez, y lo podrá hacer de dos formas:
- Mediante autorización electrónica en la dirección dirección https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/DC15y siempre que se posea el correspondiente certificado electrónico de persona jurídica. Este es el proceso más simple y el más recomendable
- Mediante autorización en papel, para ello deberá acceder a http://www3.icex.es/icex-aeat/web/index.htmly obtener más información, así como la forma de proceder para cursar su autorización.”
Toda modificación que pudieran sufrir las condiciones recogidas en la convocatoria aprobada en Subcomisión será comunicada a ICEX siempre con carácter previo a la celebración de la actividad, para lo que será necesaria la elaboración de la correspondiente adenda donde queden reflejadas dichas modificaciones. Esta adenda será aprobada asimismo en la correspondiente Subcomisión de Ayudas.
La presente convocatoria de participación en FPA Pitti Uomo que FEDECON organiza con apoyo de ICEX España Exportación e Inversiones ha sido aprobada en la Resolución de la Consejera Delegada de fecha 21 de octubre de 2019
ELEMENTOS A ENVIAR
Le ruego respete las fechas indicadas para asegurar la buena marcha de la campaña de promoción
ENVIAR ANTES DEL 10 de diciembre de 2019 por e-mail promoex@fedecon.es o al fax 91 563 50 85 a la atención de Lucía Soriano
- Para la inscripción en la participación agrupada:
- Rellenar el formulario de inscripción (solicitud de participación agrupada)
- Para la gestión de la ayuda ICEX del alquiler del stand:
- Fotocopia de la factura del alquiler del stand o presupuesto del coste total del alquiler del stand indicando m2 solicitados.
- Anexo I: Declaraciones Responsables y autorizaciones.
Les adjuntamos “Anexo I: Declaraciones responsables y autorizaciones”, que deben enviarnos firmada y sellada por correo electrónico para la tramitación de su solicitud ayuda con el ICEX.
Contacto:
Contacto en FEDECON-ModaEspaña para esta convocatoria:
Claudia Adeba: e-mail: promoex@fedecon.es Tel. 91 515 81 80.
Para información relativa a esta ayuda también pueden contactar con ICEX
Sr.José Antonio Fernández-Mayoralas: e-mail: Jose.A.Fernandez@icex.es
Tel. 91 349 18 17.