TEXFOR ha facilitado la siguiente documentación, con relación a la necesidad del Certificado de Conformidad para los exportadores a Marruecos de determinados productos textiles que deberán obtener, como requisito para el preembarque de las mercancías, el “Certificat de Conformité” (COC), Certificado de Conformidad, que acredite que son conformes a las normas y los estándares sanitarios, de calidad y de seguridad de Marruecos.
Esta iniciativa,impuesta por el Ministère de l’Industrie,du Commerce, de l’Economie Verte et Numérique (MICEVN) de Marruecos, tiene como finalidad proteger a los consumidores garantizando que los productos que se importan cumplen con la normativa de Marruecos, así como proteger a los fabricantes, importadores y distribuidores locales ante la competencia desleal de productos importados que no cumplan con los estándares establecidos.
El Certificado de Conformidad debe ser emitido por una compañía de certificación autorizada en el país de envío, es decir, el país de origen.
Los productos sujetos a control en origen son los que figuran en la lista de fecha 04/03/2022 y que pueden encontrar AQUÍ
En el ámbito textil, de acuerdo con la norma NM 09.0.000 (NM 09.0.000 “Produits textiles et d’habillement – Exigences, méthodes d’essais et étiquetage” (visant également les accessoires), los productos textiles afectados por esta nueva regulación son los contemplados en el siguiente documento.
Como medida transitoria, según el Ministerio de Industria y Comercio de Marruecos, hasta el 07/05/2022 se permitió a los importadores de los tejidos establecidos en la lista, sin el correspondiente Certificado de Conformidad en el momento del despacho de importación en Marruecos, someter a control en Marruecos a estos tejidos. Es decir, hasta esa fecha, se permitió el control de estos tejidos en destino. A partir de esta fecha es obligatoria la presentación del certificado de conformidad pertinente tras el control en origen.
Por tanto, desde el 7/05/2022 los productos textiles establecidos en la lista necesitan, como medida de control en origen, para el preembarque con destino a Marruecos, del correspondiente Certificado de Conformidad, el cual, además, deberá ser presentado ante las autoridades aduaneras de Marruecos, para el despacho de importación por los importadores.