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FPA PURE LONDON (11-13 FEBRERO), MODA UK (18-20 FEBRERO) Y SCOOP (28-30 ENERO) I LONDRES CONVOCATORIA PARTICIPACION AGRUPADA

Al igual que en los últimos años, organizamos la participación agrupada de las empresas españolas en Pure London, (11-13 febrero), Moda UK (18-20 febrero) y SCOOP(28-30 enero) I que se celebrarán en Londres.

El importe máximo de esta ayuda es de 38.000 euros. Dado que se trata de una actividad correspondiente al año 2018, el apoyo ICEX queda condicionado a la aprobación definitiva del Plan Sectorial 2018 con ModaEspaña.

ICEX establece un mínimo de 6 empresas para poder apoyar una actividad agrupada.

En función del número de empresas participantes y del presupuesto global presentado, se establecerán los m2 máximos aceptados.

Los porcentajes de apoyo serán los siguientes, dependiendo de la temporalidad de cada empresa:

Hasta un 25% de ayuda en el alquiler del espacio, para las empresas que hayan participado entre 2 y 5 años con apoyo ICEX desde 2008 en esta feria.

Las empresas que participen por primera vez en año 2018 con apoyo ICEX, recibirán un apoyo de 5 puntos adicionales sobre el porcentaje general de apoyo a esta feria, es decir hasta un 30%.

Para las empresas que en año 2018 cumplan más de 5 años de participación con apoyo ICEX en esta feria desde 2008, no recibirán ningún tipo de apoyo.

FEDECON realizará la selección de las solicitudes presentadas de acuerdo con los siguientes criterios y ponderación, considerando un máximo de 10 puntos:

  1. La adecuación sectorial 5 puntos
  2. Idoneidad del producto 3 puntos
  3. Experiencia comercial de la empresa 2puntos

Todas las empresas participantes deberán estar al corriente de pagos a la Seguridad social y a la Hacienda Pública y no haber sido sancionados con la pérdida del derecho a la percepción de subvenciones o ayudas públicas.

En concepto de gestión de la ayuda ICEX, FEDECON-ModaEspaña facturará un 15% de la ayuda ICEX recibida a cada empresa participante una vez liquidada la ayuda recibida del ICEX. Dicho porcentaje se facturará tanto a las empresas asociadas como a las que no lo están.

Antes del 10 de enero 2018, deberán remitirnos la siguiente documentación para poder iniciar los trámites de la ayuda, al correo electrónico a promoex@fedecon.es . No se admitirá ninguna solicitud recibida con posterioridad a la fecha indicada.

Estas ayudas, les serán abonadas una vez FEDECON haya recibido por parte de ICEX las correspondientes ayudas y se hayan cumplido todos los trámites de justificación.

FONDOS FEDER

Esta actividad es susceptible de ser cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

La aceptación de la ayuda ICEX por parte de las empresas participantes, supone su aceptación a ser incluidas en la lista de operaciones publicada de conformidad con art. 115 apartado 2) del Reglamento (UE) 1303/2013. Esta aceptación también supone su permiso a que ICEX publique en su página web la conformidad de la empresa con el siguiente texto: “Soy conocedor de que esta actuación está cofinanciada con fondos europeos y me comprometo a indicarlo así siempre que deba hacer referencia a la misma, frente a terceros o a la propia ciudadanía. Por la importancia que considero tienen este tipo de ayudas para nuestra empresa, es por ello que valoro muy positivamente la contribución del FEDER, principal fondo de la política de cohesión europea, por lo que supone de impulso a nuestro trabajo y en consecuencia al crecimiento económico y la creación de empleo de la región en la que me ubico y de España en su conjunto”.

Asimismo, si esa empresa resulta beneficiaria de una ayuda cofinanciada por Fondos FEDER, y en lo que respecta a la disponibilidad y conservación de los documentos justificativos, deberán tener en cuenta lo contenido en el artículo 140 del Reglamento (UE) 1303/2013, así como el artículo 125-4.b) del citado Reglamento para lo relativo a la contabilización de las operaciones.

Toda la información relativa a las responsabilidades y obligaciones de las empresas beneficiarias en materia de Información y Comunicación, se encuentra disponible en la web de ICEX www.icex.es/fondosfeder

LEGISLACION APLICABLE

Las ayudas previstas en el marco de este actividad se concederán conforme a lo previsto en el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.

La ayuda total de mínimis concedida a una única empresa no podrá superar los 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales, habida cuenta de las otras ayudas también percibidas durante este mismo período, de conformidad con lo previsto en el artículo 3, apartado 2, del Reglamento mencionado. De igual forma, le es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio de desarrollo, en todo lo relativo a las ayudas dinerarias sin contraprestación económica al igual que la normativa interna de ayudas de ICEX aprobada por el Consejo de Administración de 12 de diciembre de 2012.

IMPORTANTE – Autorización a la AEAT/Aduanas:

ICEX valorará muy positivamente que las empresas que participen en los programas sectoriales autoricen al Departamento de Aduanas e II.EE. de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (siempre que no lo hubiera hecho previamente), a que remita a ICEX información sobre su comercio exterior. La autorización señalada se ha de cursar una sola vez. Más información en www.icex.es/siautorizaexporta

Toda modificación que pudieran sufrir las condiciones recogidas en la convocatoria aprobada en Subcomisión será comunicada a ICEX siempre con carácter previo a la celebración de la actividad, para lo que será necesaria la elaboración de la correspondiente adenda donde queden reflejadas dichas modificaciones. Esta adenda será aprobada asimismo en la correspondiente Subcomisión de Ayudas.

Convocatoria nº 11 aprobada el 31 de octubre de 2016 en la Subcomisión de Ayudas de ICEX

ELEMENTOS A ENVIAR

Le ruego respete las fechas indicadas para asegurar la buena marcha de la campaña de promoción. ENVIAR ANTES DEL 10 de enero de 2018 por e-mail promoex@fedecon.es o al fax 91 563 50 85 a la atención de Lucía Soriano

  • Para la inscripción en la participación agrupada:
    Rellenar el formulario de inscripción (solicitud de participación agrupada)
  • Para la gestión de la ayuda ICEX del alquiler del stand:
  • Fotocopia de la factura del alquiler del stand o presupuesto del coste total del alquiler del stand indicando m2 solicitados.
  • Anexo I: Declaraciones Responsables y autorizaciones.

Les adjuntamos “Anexo I: Declaraciones responsables y autorizaciones”, que deben enviarnos firmada y sellada por correo electrónico para la tramitación de su solicitud ayuda con el ICEX.

Contacto:

Contacto en FEDECON-ModaEspaña para esta convocatoria:

Lucía Soriano: e-mail: promoex@fedecon.es tel. 91 515 81 80

Para información relativa a esta ayuda también pueden contactar con ICEX

Sr.José Antonio Fernández-Mayoralas: e-mail: Jose.A.Fernandez@icex.es

Tel. 91 349 18 17.

convocatoria Pure London ModaUK Scoop I