Al igual que en los últimos años, organizamos la participación agrupada de las empresas españolas en Panorama Berlin, Premium Berlin, Show&Order y Seek Berlín que se celebrarán del 4 al 6 de julio de 2017 en Berlín.
El importe máximo de esta ayuda es de24.000 euros. ICEX establece un mínimo de 6 empresas para poder apoyar una actividad agrupada.
En función del número de empresas participantes y del presupuesto global presentado, se establecerán los m2 máximos aceptados.
Los porcentajes de apoyo serán los siguientes, dependiendo de la temporalidad de cada empresa:
• Hasta un 20% de ayuda en el alquiler del espacio, para las empresas que hayan participado entre 2 y 5 años con apoyo ICEX en esta feria.
• Las empresas que participen por primera vez en año 2017 recibirán un apoyo de 5 puntos adicionales sobre el porcentaje general de apoyo a esta feria, es decir un 25%.
Para las empresas que en año 2017 cumplan más de 5 años de participación con apoyo ICEX en esta feria, no recibirán ningún tipo de apoyo.
La asociación se reserva el derecho a realizar una selección de empresas de acuerdo con los siguientes criterios por orden de prioridad:
1) La adecuación sectorial 5puntos
2) Idoneidad del producto 3puntos
3) Experiencia comercial de la empresa. 2puntos
Todas las empresas participantes deberán estar al corriente de pagos a la Seguridad social y a la Hacienda Pública y no haber sido sancionados con la pérdida del derecho a la percepción de subvenciones o ayudas públicas.
En concepto de gestión de la ayuda ICEX, FEDECON-ModaEspaña facturará un 15% de la ayuda ICEX recibida a cada empresa participante una vez liquidada la ayuda recibida del ICEX.
Antes del 25 de mayo 2017, deberán remitirnos la siguiente documentación para poder iniciar los trámites de la ayuda, al correo electrónico a promoex@fedecon.es
Estas ayudas, les serán abonadas una vez FEDECON haya recibido por parte de ICEX las correspondientes ayudas y se hayan cumplido todos los trámites de justificación.
FONDOS FEDER
Esta actividad es susceptible de ser cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). La aceptación de la ayuda implica la aceptación de la inclusión en la lista de beneficiarios publicada de conformidad con los Reglamentos Comunitarios correspondientes y que regulan dichos Fondos.
Toda la información relativa a las responsabilidades y obligaciones de las empresas beneficiarias en materia de Información y Comunicación, se encuentra disponible en la web de ICEX www.icex.es/fondosfeder
LEGISLACIÓN APLICABLE
Las ayudas previstas en el marco de este actividad se concederán conforme a lo previsto en el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.
La ayuda total de mínimis concedida a una única empresa no podrá superar los 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales, habida cuenta de las otras ayudas también percibidas durante este mismo período, de conformidad con lo previsto en el artículo 3, apartado 2, del Reglamento mencionado. De igual forma, le es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio de desarrollo, en todo lo relativo a las ayudas dinerarias sin contraprestación económica al igual que la normativa interna de ayudas de ICEX aprobada por el Consejo de Administración de 12 de diciembre de 2012.
Importante
ICEX valorará muy positivamente que las empresas que participen en los programas sectoriales autoricen al Departamento de Aduanas e II.EE. de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (siempre que no lo hubiera hecho previamente), a que remita la ICEX información sobre su comercio exterior.
La autorización señalada se ha de cursar una sola vez, y lo podrá hacer de dos formas:
1. Mediante autorización electrónica en la dirección dirección https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/DC15 y siempre que se posea el correspondiente certificado electrónico de persona jurídica. Este es el proceso más simple y el más recomendable.
2. Mediante autorización en papel, para ello deberá acceder a http://www3.icex.es/icex-aeat/web/index.html y obtener más información, así como la forma de proceder para cursar su autorización.”
Toda modificación que pudieran sufrir las condiciones recogidas en la convocatoria aprobada en Subcomisión será comunicada a ICEX siempre con carácter previo a la celebración de la actividad, para lo que será necesaria la elaboración de la correspondiente adenda donde queden reflejadas dichas modificaciones. Esta adenda será aprobada asimismo en la correspondiente Subcomisión de Ayudas.
Convocatoria nº aprobada el de de 2017 en la Subcomisión de Ayudas de ICEX
ELEMENTOS A ENVIAR
Le ruego respete las fechas indicadas para asegurar la buena marcha de la campaña de promoción.
ENVIAR ANTES DEL 25 de mayo de 2017
por e-mail promoex@fedecon.es o al fax 91 563 50 85 a la atención de Lucía Soriano
Para la inscripción en la participación agrupada:
– Rellenar el formulario de inscripción (solicitud de participación agrupada)
– Para la gestión de la ayuda ICEX del alquiler del stand:
– Fotocopia de la factura del alquiler del stand o presupuesto del coste total del alquiler del stand indicando m2 solicitados.
– “Anexo I: Declaraciones Responsables y autorizaciones.
Les adjuntamos “Anexo I: Declaraciones responsables y autorizaciones”, que deben enviarnos firmada y sellada por correo electrónico para la tramitación de su solicitud ayuda con el ICEX.
Contacto:
Contacto en FEDECON-ModaEspaña para esta convocatoria:
Lucía Soriano: e-mail: promoex@fedecon.es Tel. 91 515 81 80
Para información relativa a esta ayuda también pueden contactar con ICEX:
Sr.José Antonio Fernández-Mayoralas: e-mail: Jose.A.Fernandez@icex.es Tel. 91 349 18 17